Texto publicado por Daniel Ayala, El testigo

Texto del día lunes 23 de noviembre del año 2015.

“Examinando las escrituras.”
Texto del día lunes 23 de noviembre del año 2015.

Búsquense siete varones acreditados de entre ustedes para que los nombremos sobre este asunto necesario
(Hech. 6:3).

La respuesta de los apóstoles al informe de que a ciertas viudas “se las pasaba por alto en la distribución diaria [de alimentos]” indica que la congregación puede contribuir al cuidado de sus miembros necesitados
(Hech. 6:1-5).
Pablo le indicó a Timoteo en qué circunstancias podría una viuda cristiana recibir apoyo material de la congregación
(1 Tim. 5:3-16).
Igualmente, el escritor bíblico Santiago reconoció la obligación cristiana de cuidar de huérfanos, viudas y otros con problemas o en necesidad
(Sant. 1:27; 2:15-17).
Y el apóstol Juan explicó: “Cualquiera que tiene los medios de este mundo para el sostén de la vida, y contempla a su hermano pasar necesidad, y sin embargo le cierra la puerta de sus tiernas compasiones, ¿de qué manera permanece el amor de Dios en él?”
(1 Juan 3:17).
Si cada cristiano tiene esa obligación hacia los necesitados, ¿cómo no van a tenerla las congregaciones?

Fuente de consulta:
BIBLIOTECA EN LÍNEA Watchtower