Texto publicado por Urria Gorria

en #Pontevedra denuncian que un Centro Especial de Empleo controlado por la ONCE comete fraude a la Seguridad Social, competencia desleal, discriminacion y acoso laboral

CCOO denuncia fraude a la Seguridad Social y competencia desleal en un centro especial de empleo en Pontevedra
viernes 12, julio 2019

Una de las empresas del grupo Ilunion © Ilunion
La Federación de Industria de CCOO en Pontevedra denunció a la empresa Ilunion ante la Inspección de Trabajo por diversas infracciones que tenía identificado el sindicato. Según Comisiones, el centro especial de empleo (CEE) actuaría como "empresa pantalla" para abaratar costes de contratación, utilizando para ello subvenciones públicas, lo que "además de fraude á la Seguridad Social sería competencia desleal en el sector".

CCOO-Industria considera que Ilunion es "un falso centro especial de empleo (CEE), que goza de las ventajas de esta consideración pero no cumple con las obligaciones". Según nos explican, los CEE cuentan con ventajas en aspectos como las cotizaciones á Seguridad Social, las bonificaciones por contratación indefinida, y lo mismo reciben ayudas económicas de la Xunta. La principal obliga a que por lo menos el 70% del personal tenga alguna discapacidad, "pero la propia web de Ilunion rebaja la cifra al 40,6%".

CCOO acusa al centro especial de empleo de Ilunion de actuar como "empresa pantalla" para abaratar costes de contratación a través de subvenciones públicas y de ceder ilegalmente trabajadores.
Además, y siempre según CCOO, Ilunion, promovido pola ONCE, aplica el convenio colectivo de atención a personas con discapacidad. "Por ello, en función de su actividad, debería ser de aplicación del convenio del metal de Pontevedra, aspecto que también fue denunciado por el sindicato "engade.

Además de esto, una de las cuestiones más graves que CCOO denunció a la autoridad laboral es la situación ilegal de trabajadores. Según el sindicato, la compañía "cede personal que están en situación ilegal a empresas de automoción de provincia, con el objectivo de abaratar costes bajo promesas de una falsa tarifa social". "En Vigo sólo disponen de una oficina para formalizar los contratos, pero no de los medios necesarios para prestar servicio a ninguno. Los trabajadores son cedidos a empresas como PSA, Censo, Lear o Benteler, actuando como si fuese unha ETT, pero vulnerando las obligaciones que estas empresas tienen", denuncia el sindicato.

Discriminación laboral y casos de acoso son otras de las cuestiones que CCOO puso en conocimiento de la Inspección de Trabajo.

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Los Centros Especiales de Empleo: El negocio de la trampa
Por Víctor Villar Epifanio - 01/05/2019

Una democracia, cuando evoluciona, puede hacerlo de forma positiva o negativa. En el caso de la figura de los Centros Especiales de Empleo (CEE), la deriva neoliberal de la democracia han deteriorado gravemente el concepto inicial de los CEE. De este modo, se está transformando de sus inicios como una medida de excepción, a una medida permanente y un jugoso negocio para algunos, con todo lo que eso implica. Me explico.

Veamos primero las diferencias en el propio concepto de CEE desde sus inicios a la actualidad.

Vayamos al principio. La Ley 13/1982 del 7 de abril, Ley de Integración Social del Minusválido (LISMI), en su art.42, define así los CEE:
1. Los Centros Especiales de Empleo son aquéllos cuyo objetivo principal sea el de realizar un trabajo productivo, participando regularmente en las operaciones del mercado, y teniendo como finalidad el asegurar un empleo remunerado y la prestación de servicios de ajuste personal y social que requieran sus trabajadores minusválidos; a la vez que sea un medio de integración del mayor número de minusválidos al régimen de trabajo normal.                 
2. La totalidad de la plantilla de los Centros Especiales de Empleo estará constituida por trabajadores minusválidos, sin perjuicio de las plazas en plantilla del personal no minusválido imprescindible para el desarrollo de la actividad.”

Esta Ley es desarrollada en el R.D. 2273/1985 de 4 de diciembre, que en su art. 1 repite la definición anteriormente expuesta.
Viene a decir que, tanto la LISMI como el R.D. 2273/1985 de 4 de diciembre, lo que hacen es desarrollar el mandato del art.49 de la Constitución del 78 de remover los obstáculos para la integración de las personas con discapacidades.

Pues bien, pasemos ahora al nuevo concepto que instaura el PP en 2013, mediante el Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre, el cual, crea la Ley de Derechos de las Personas con Discapacidad y su inclusión social. (LGD), Ley que deroga la LISMI. Esta Ley, en su art. 43, define así los CEE:
1. Los centros especiales de empleo son aquellos cuyo objetivo principal es el de realizar una actividad productiva de bienes o de servicios, participando regularmente en las operaciones del mercado, y tienen como finalidad el asegurar un empleo remunerado para las personas con discapacidad; a la vez que son un medio de inclusión del mayor número de estas personas en el régimen de empleo ordinario. Igualmente, los centros especiales de empleo deberán prestar, a través de las unidades de apoyo, los servicios de ajuste personal y social que requieran las personas trabajadoras con discapacidad, según sus circunstancias y conforme a lo que se determine reglamentariamente. 
2. La plantilla de los centros especiales de empleo estará constituida por el mayor número de personas trabajadoras con discapacidad que permita la naturaleza del proceso productivo y, en todo caso, por el 70 por 100 de aquélla. A estos efectos no se contemplará el personal sin discapacidad dedicado a la prestación de servicios de ajuste personal y social.
Se entenderán por servicios de ajuste personal y social los que permitan ayudar a superar las barreras, obstáculos o dificultades que las personas trabajadoras con discapacidad de los centros especiales de empleo tengan en el proceso de incorporación a un puesto de trabajo, así como en la permanencia y progresión en el mismo. Igualmente se encontrarán comprendidos aquellos dirigidos a la inclusión social, cultural y deportiva.” 

Si nos vamos a la art 45 .- Creación de centros especiales de empleo para la inclusión laboral de las personas con discapacidad.
1. Los centros especiales de empleo podrán ser creados tanto por organismos públicos y privados como por las empresas, siempre con sujeción a las normas legales, reglamentarias y convencionales que regulen las condiciones de trabajo.
2. Las administraciones públicas, dentro del ámbito de sus competencias y a través del estudio de necesidades sectoriales, promoverán la creación y puesta en marcha de centros especiales de empleo, sea directamente o en colaboración con otros organismos o entidades, a la vez que fomentarán la creación de puestos de trabajo para personas con discapacidad mediante la adopción de las medidas necesarias para la consecución de tales finalidades. Asimismo, vigilarán, de forma periódica y rigurosa, que las personas con discapacidad sean empleadas en condiciones de trabajo adecuadas.

Vamos a mencionar también la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público en su Disposición adicional cuarta. Contratos reservados. Dónde las entidades que “supuestamente” representan al colectivo se lo han currado bastente bien para seguir lucrándose a costa de este colectivo.
1. Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros o del órgano competente en el ámbito de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales, se fijarán porcentajes mínimos de reserva del derecho a participar en los procedimientos de adjudicación de determinados contratos o de determinados lotes de los mismos a Centros Especiales de Empleo de iniciativa social y a empresas de inserción reguladas, respectivamente, en el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobada mediante Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, que cumplan con los requisitos establecidos en dicha normativa para tener esta consideración, o un porcentaje mínimo de reserva de la ejecución de estos contratos en el marco de programas de empleo protegido, a condición de que el porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social de los Centros Especiales de Empleo, de las empresas de inserción o de los programas sea el previsto en su normativa de referencia y, en todo caso, al menos del 30 por 100.

Disposición final decimocuarta. Modificación del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
Se añade un apartado 4 al artículo 43 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre:
«4. Tendrán la consideración de Centros Especiales de Empleo de iniciativa social aquellos que cumpliendo los requisitos que se establecen en los apartados 1.º y 2.º de este artículo son promovidos y participados en más de un 50 por ciento, directa o indirectamente, por una o varias entidades, ya sean públicas o privadas, que no tengan ánimo de lucro o que tengan reconocido su carácter social en sus Estatutos, ya sean asociaciones, fundaciones, corporaciones de derecho público, cooperativas de iniciativa social u otras entidades de la economía social, así como también aquellos cuya titularidad corresponde a sociedades mercantiles en las que la mayoría de su capital social sea propiedad de alguna de las entidades señaladas anteriormente, ya sea de forma directa o bien indirecta a través del concepto de sociedad dominante regulado en el artículo 42 del Código de Comercio, y siempre que en todos los casos en sus Estatutos o en acuerdo social se obliguen a la reinversión íntegra de sus beneficios para creación de oportunidades de empleo para personas con discapacidad y la mejora continua de su competitividad y de su actividad de economía social, teniendo en todo caso la facultad de optar por reinvertirlos en el propio centro especial de empleo o en otros centros especiales de empleo de iniciativa social.»

¿Veis la diferencia?
En primer lugar, tanto la LISMI como la nueva Ley General de Discapacidad (LGD) habla que el objetivo principal de los CEE es el de proporcionar a los trabajadores con discapacidad la realización de un trabajo productivo y remunerado, adecuado a sus características personales, y que facilite la integración laboral de éstos en el mercado ordinario de trabajo. No que funcionen como empresas productivas.

En segundo lugar, hare mención que actualmente los CEE se han convertido en un negocio, vamos a demostrarlo, si nos remitimos a la ley del Sector Público mencionada anteriormente vemos claramente como las entidades que representan a este colectivo insisten en que los CEE sigan funcionando como empresas productivas, consiguiendo contratos reservados y aplicando el convenio colectivo de los Centros Especiales de Empleo, no el convenio colectivo que le correspondería por trabajar en una Administración Pública.

En tercer lugar, como bien dice el art 43 de LGD Tendrán la consideración de Centros Especiales de Empleo de iniciativa social aquellos que cumpliendo los requisitos que se establecen en los apartados 1.º y 2.º de este artículo son promovidos y participados en más de un 50 por ciento, directa o indirectamente, por una o varias entidades, ya sean públicas o privadas…… . Se puede decir que las entidades del Tercer Sector se están beneficiando doblemente con esta iniciativa, pues las empresas del Tercer Sector justifica la inserción laboral de las personas con discapacidad a través de sus centros especiales de empleo, y en las Asociaciones, Federaciones, Confederaciones, etc, que son empresas privadas su plantilla está compuesta por personas sin discapacidad ejecutando programas destinados a personas con discapacidad, pues ya “supuestamente” a través de sus CEE ya están cumpliendo con la reserva del cupo a personas con discapacidad. A estas entidades no se le exige el cumplimiento de la reserva del 2% de personas con discapacidad pues por sentido común se supone que su objetivo principal es contratar al colectivo y no están sometidas a controles ni a exigencias para comprobar que no se da tal realidad. Así mismo, cuando concurren a subvenciones no se les exige la contratación de personas con discapacidad, además dentro de la puntuación para ser beneficiarias de subvenciones no se tiene en cuenta cuantos trabajadores con discapacidad tiene en plantilla.
Es chocante!!!, pues por un lado estas entidades exigen que se reserven contratos públicos a los CEE de iniciativa social para la integración de este colectivo pero a ellas no se les exige tal requisito. Además hacen hincapié que se diferencie los CEE de iniciativa social y no iniciativa social como se recoge en la disposición decimocuarta de la nueva LGD. Cuando la precariedad laboral es la misma en ambas. Pues el convenio a aplicar es el XIV CONVENIO COLECTIVO GENERAL DE CENTROS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD de 20 febrero 2012, convenio que expiró en diciembre del 2016, convenio que perdió muchos derechos que se tenían reconocidos en el convenio XIII, pero aquí a las entidades que representan al colectivo no le interesa tocar, todo lo contrario, quieren que siga para adelante, con fecha diciembre del 2016 expiro el convenio, se han llevado dos años negociando el nuevo convenio colectivo, por fin en marzo del 2019 os dejo enlace al mismo lo han firmado y aún no ha sido publicado, pues según el CERMI, FEACEN …. Va a dar lugar al cierre de los Centros Especiales de Empleo, es más hay noticias que van a impugnar el artículo 29 Retribuciones del convenio que viene a decir:
1. Las retribuciones del personal comprendido en este convenio estarán constituidas por el salario base, los complementos, pluses y demás conceptos retributivos que se establecen y recogen en los artículos y anexos correspondientes. Estas retribuciones corresponden a la jornada completa y cómputo anual de la misma. Su cuantía será la establecida en los correspondientes artículos y anexos del convenio.
2. Los centros especiales de empleo que no tengan la consideración de iniciativa social de acuerdo con lo establecido en el art. 43.4 de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, cuando presten servicios a terceros indistintamente de la modalidad jurídica utilizada, se regularan en materia salarial por lo establecido en el convenio colectivo del sector de actividad en el que los trabajadores realicen sus tareas siempre que las retribuciones fijadas en éstos sean superiores a las establecidas en las tablas salariales del presente convenio. Igualmente, los centros especiales de empleo regulados en el citado artículo 43.4 que tengan personal realizando alguna actividad dentro de la administración pública o trabajando directamente para ella, a través de cualquier forma de licitación, serán retribuidos según los convenios que resulten de aplicación para la actividad y puestos de los trabajadores a excepción de aquellos que liciten vía contratación reservada. Esta afectación a las tablas salariales relativas a la actividad que realicen los trabajadores será de aplicación para los procesos de licitación que se publiquen posteriormente a la entrada en vigor de este convenio y así lo establezcan los mencionados procesos.

Pero este nuevo convenio no tiene desperdicio pues con el mismo no se ha conseguido volver a los beneficios del convenio XIII y si hablamos de la subida salarial el mismo contempla que los sueldos estarán congelados tres años. Fuerte no lo siguiente.
Por otro lado, en este convenio se recoge lo siguiente en cuanto a la jornada laboral: A los CEE se les exige 39 :/semanales y a los asistenciales que son las ONG 38.30h. Con esto desprecian el trabajo de la persona con discapacidad. Muy fuerte
Con lo expuesto anteriormente vuelvo a insistir que estamos ante un gran negocio, donde la discapacidad no importa y no se está teniendo en cuenta. Si queremos una inserción laboral efectiva y real, los CEE no deben ser empresas productivas, sino todo lo contrario el enlace para que las Personas con Discapacidad aterricen en empresas ordinarias, entonces estaremos hablando de igualdad sin menospreciar a la Persona con Discapacidad, a su vez se contribuye a que la sociedad sea más consciente del valor de las Personas con Discapacidad.

Esto lo único que ha dado lugar, que en los periodos de crisis y es coherente que las empresas ordinarias en el periodo 2009 a la fecha actual, hayan creado CEE pues es más rentable la contratación a través de este tipo de entidad.
Si a esto le sumamos las subvenciones que tanto la entidad sin ánimo de lucro y su CEE reciben, pues estamos ante el gran negocio del siglo, y las Personas con Discapacidad con trabajos precarios y sin tener ajustes razonables ni sociales como bien indica la ley, NO SE CUMPLE, sobre este tema lo comento a más a fondo en el apartado siguiente.

Aquí habría que mencionar también las operaciones vinculadas que se dan entre las ONG´s propietarias de CEE, que reciben subvenciones para ejecutar programas destinados a Personas con Discapacidad, el presupuesto de toda subvención consta por un lado costes personal y coste destinado a las actividades, el coste destinado a las actividades es facturado por su CEE, en definitiva el dinero se queda en casa. Vuelvo a insistir que las entidades que representan al colectivo actualmente, lo tienen bien montado.

En cuarto lugar, aquí nos centramos en cómo se reduce la plantilla mínima de personas con discapacidades de la totalidad, (salvo excepciones), al 70% de la totalidad de la plantilla. Cierto es que la LGD excluye del cómputo el personal de apoyo, pero al mismo tiempo deja la puerta abierta a que un 30% de empleados/as sean personas sin discapacidades. Aunque, por otra parte, estoy siendo bien pensante, porque, ¿a que se refiere la Ley con: “[…]personal sin discapacidad dedicado a la prestación de servicios de ajuste personal y social”, ¿personas de apoyo, staff ajeno al organigrama empresarial o directivas? Me temo lo peor ya que ese concepto puede hacer referencia a los tres grupos, y por lo tanto, dar por supuesto que todos los puestos ejecutivos serán ejercidos por personas sin discapacidades .

Analicemos, siendo buenas personas y aceptando el anterior concepto como personal de apoyo, que 30% puede ser el de las personas sin discapacidades. En ese aspecto vemos que la Profesora Vanessa Rodriguez, de la Facultad de Economía y Empresa Universidad de Oviedo  en un estudio nos dice que, en los CEE, el personal con discapacidades cobra 36€ al día, mientras el personal sin discapacidades cobra 47€ al día (11€ más al día, aproximadamente 330€ más al mes).
A esto hay que añadir el tipo de empresa que se consideran CEE. Hay que tener en cuenta que la empresa que más dinero recibe por ser CEE y por tanto, presumiblemente, la más grande, es Snacks Castilla y León, dedicada hacer aperitivos.
Si unimos esas dos circunstancias no hay que ser un genio para concluir que los puestos directivos están en manos de personas sin discapacidades y los puestos alienantes, mal pagados, peligrosos y/o repetitivos los realizan las personas con discapacidades.

Para reforzar esa idea, me vais a permitir que me ponga yo mismo como ejemplo, dado que al presentarme a una entrevista para Director de Recursos Humanos del Centro Especial de Empleo El Cid S.L., en Burgos, a pesar de ser Graduado Social Colegiado y Diplomado en Educación Social, titulación de sobre para el puesto y con mi experiencia en el asociacionismo, tuve la respuesta que relato en mi web personal. Rechazo absoluto.
A esto hay que añadir los beneficios fiscales y las ayudas que estas empresas reciben. Estos son, según el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), las siguientes:
• El 100% de las cuotas a la Seguridad Social.
• 50% del SMI
• 000€ por cada contrato de trabajo temporal transformado en indefinido.
• Adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas
• Para equilibrar y sanear financieramente a los Centros Especiales de Empleo. Sólo se puede solicitar una sola vez, salvo en el caso de CEE sin de ánimo de lucro y que sean de utilidad pública e imprescindibles.
También hay que añadir las ayudas a cada CEE. Aquí, podemos tomar como medida dos Centro que más ayudas recibe. Así, Snacks Castilla y León S.L., según la base de datos del SEPE, recibe 200.000€ entre 2012 y 2015. Aunque, si tomamos los datos de la Confederación Nacional de Centros Especiales de Empleo (CONACEE), se nos dice que se concedieron 290.000€ por cada centro en ese mismo periodo.

Para acabar, según los datos del Observatorio sobre la Discapacidad y el Mercado de Trabajo en España (ODISMET) de 2015, último año contabilizado el 83´9% de las ayudas de apoyo a la creación de empleo (97´5% en distribución vertical) van a parar al mantenimiento de empleos en CEE.
De todo lo dicho anteriormente, saco la conclusión de que definitivamente el concepto de Centro Especial de Empleo ha cambiado, para tener un vivero de empleo subvencionado como objetivo en sí mismo, en vez de como un paso para la inserción laboral completa en el mercado de trabajo ordinario. Esto convierte a las ONG`s y empresas del Tercer Sector en empresas protegidas, pero dichas ONG`s no cumplen con el cupo de Personas con Discapacidad en su plantilla, pues como he mencionado anteriormente lo justifican a través de sus CEE, hay que partir que son dos empresas con diferentes CIF, ambas representan al colectivo y ambas deben de cumplir con ese cupo, es decir, al igual que a un CEE se le exige que su plantilla debe estar compuesta por un 70% de Personas con Discapacidad a las ONG´s se les debería de pedir lo mismo, entonces si estaríamos hablando de inserción real. Esto hace que esta fórmula sea vista por el sector empresarial como un yacimiento de empleo abaratado. Eso lo confirma el bajo presupuesto dedicado a educación e inserción laboral, como hemos visto antes, dado que todo se dedica al mantenimiento de instalaciones y simple mantenimiento de puestos de trabajo. Que la rueda siga girando.

También saco la conclusión de que en estos centros los trabajos de las personas con discapacidades son repetitivos, mal pagados y de baja formación. Esto, además de la injusticia que supone claramente, da una idea de la visión que se tiene de las Personas con Discapacidades. La visión es claramente de unas personas dóciles, que aceptarán lo que sea y que no van a dar problemas. Esto se refuerza con la propia autopercepción de las personas con discapacidades, en su mayoría con falta de autoestima y deseosas de ser aceptadas y demostrar lo que valen. En otras palabras, la cultura del esfuerzo neoliberal nos ha sido muy bien vendida, de ese modo, la sociedad normativa nos da sus migajas a cambio de no exigir nuestros derechos. Hay otros ejemplos en la historia de esto mismo, como puede ser el de “los negros del Tío Tom”, las mujeres LIFEM “triunfadoras”, (puestas de moda, recientemente por Arrimadas), o los empresarios del gaycapitalismo. Lo peor, en nuestro caso, es que ni siquiera, (en la abrumadora mayoría de los casos), no se nos ha dado esa mínima cuota de poder individual, esa ínsula barataria.

Para rematar el cuadro, por si pudiéramos conseguir una mínima cantidad de poder empresarial en los Centros Especiales de Empleo, se reforma la Ley para introducir un mayor número de Personas sin Discapacidades, aumentando, de paso, la productividad del nuevo juguete “solidario” del sistema neoliberal. También me gustaría hacer hincapié que si hablamos en las estadísticas de la baja formación que poseen las Personas con Discapacidad que dista mucho de la realidad pero interesa venderlo así, a los directivos de las ONG´s y CEE se les debería de exigir una titulación universitaria para estar al frente de las mismas, pues no dejan de ser empresas y deben de tener un conocimiento real sobre las mismas.

victor-villar-epifanio
Nacido en Burgos capital el 02 de octubre de 1976, desde el mes y medio de edad, convive con una discapacidad física y de comunicación verbal producida por las secuelas de una Parálisis Cerebral Infantil. Educador Social y Diplomado en Relaciones Laborales por la UBU (Universidad de Burgos). Coautor de varias publicaciones de la UBU y ha impartido varias conferencias sobre discapacidad en esta y otras Universidades. Durante más una década fue socio de ADM (Asociación de Afectados/as con Discapacidad Motora), representando a esta Asociación en la Junta Directiva de FEDISFIBUR (Federación de Asociaciones de personas con Discapacidad Física y Orgánica de Burgos), de la que fue cofundador y Tesorero durante una legislatura. En noviembre de 2007, ingresa como militante en el PSOE. En Agosto 2008, cofunda la Asociación Claudio de Burgos, Asociación que preside hasta Diciembre de 2009, haciendo actualmente labores de Gerencia y Educador Social de la misma. Fue en el puesto Nº12 de las listas del PSOE-Burgos a las Elecciones Municipales de Mayo de 2011. El 2 de Junio de 2012, fue nombrado Secretario Provincial de Autonomía Personal, Dependencia y Discapacidad del PSOE-Burgos. Cargo que ejerció hasta el 19 de febrero de 20015.  Fue colaborador de la publicación digital Diario Progresista (www.diarioprogresista.es), dirigida por Antonio Miguel Carmona hasta 2015. También fue Redactor Jefe de la Edición de Castilla y León de esta publicación hasta abril de 2013, hasta el 2014. El 11 de diciembre de 2013, coofunda la Unión Progresista de Apoyo a la Dependencia y la Discapacidad (UPADD), la cual preside actualmente. El 30 de enero de 2015, fue nombrado Secretario de Movimientos Sociales de la Agrupación Local del PSOE-Burgos. Cargo que dejó el 25 de mayo de 2015 al darse de baja en el PSOE. El 27 de Junio de 2015 ingresa como activista en Construyendo la Izquierda-Alternativa Socialista (CLI-AS), impulsando este partido en Burgos. El 16 de Julio de 2015 empieza a colaborar con el Proyecto Decide en Común, liderado por Alberto Sotillos, haciéndose cargo desde 20 de julio de 2015 de la Coordinación del Grupo de Dependencia, Discapacidad y Autonomía Personal de este partido a nivel federal en la redacción de su programa, hasta el 4 de septiembre de 2015. El 11 de febrero de 2017, AS-Burgos se integra en el PCAS (Partido Castellano). Después de unos meses, el 14 de Septiembre de 2017, deja el PCAS debido a su falta de democracia interna y su ambigüedad ideológica:

Comentarios

Ana fernandez fernandez 02/05/2019 at 20:40
Buenas tardes. Me ha encantado ver plasmado en la prensa lo que realmente está pasando en los CEE.
La LISMI quedó en el olvido y no existe esa filosofia de que un CEE fuera puente y preparación para el mundo laboral normalizado.
Mi hijo tiene discapacidad y ha estado durante 10 años en un CEE, pero le hemos sacado a tiempo porque su autoestima estaba rozando mínimos. Durante estos dos últimos años ha cursado un ciclo medio de informática, con lo que ha demostrado tener muchas mas capacidades que lo que le valoraban en el centro.
Estaría interesada en colaborar con Usted e todo lo concerniente a este ámbito.
Estoy jubilada y dispongo de tiempo. además por mi profesión (maestra de E. Especial y pedagoga)tengo conocimientos sobre este campo, a veces tan desconocido.
Muchas gracias por el artículo

Víctor Villar Epifanio 05/05/2019 at 22:12
Muchas gracias por tus palabras Ana.
En mi web personal, (www.victorvillarepifanio.com), puedes contactar directamente conmigo en el apartado de contacto, mediante un formulario. Si quieres colaborar conmigo estaré encantado de hacerlo.
También puesdes contactar con nuestra asociación, la UPADD (Unidad Progresista de Apoyo a la Discapacidad y la Dependencia) en nuestra web: http://www.asociacionupadd.org
Un abrazo.

Víctor Villar Epifanio 06/05/2019 at 15:52
A ver. Miguel Ángel. Aunque tu tono es claramente insultante y de provocación, (ignoro con qué intereses), para que no se diga, le voy a contestar.
Primero. Lógicamente, generalizo ya que utilizo datos de organismos oficiales. Cosa que usted no hace, limitándose a lanzar ataques vacíos de contenido.
Segundo. Cuando se denuncia una situación, se pretende mejorar dicha situación. Ergo, por si no se había dado, estoy diciendo dos cosas:
1.- Que se mejoren las condiciones en los CEE, que son las que he relatado.
2.- Que los CEE sean lo que deben ser por Ley, un paso intermedio al empleo ordinario.
Dicho esto, doy por zanjado el debate y no responderé a más provocaciones vacías.
Por cierto, al insultarme a mí, está insultando a miles de personas que han compartido este artículo. Por favor, deje de insistir.

Daniel Moreno Ponce 07/05/2019 at 14:28
Estimado Víctor,
lo primero gracias por hacer público lo que muchas personas conocen del sector y, como bien has respondido a un lector, no todos los CEE son así.
Soy Daniel Moreno, trabajador desde hace ya 20 años del sector de atención a personas con discapacidad, maestro de PT y actualmente he participado en la negociación del convenio colectivo de mi sector sobre el que dices los siguiente:
«Pero este nuevo convenio no tiene desperdicio pues con el mismo no se ha conseguido volver a los beneficios del convenio XIII y si hablamos de la subida salarial el mismo contempla que los sueldos estarán congelados tres años. Fuerte no lo siguiente.»
Quería matizar estas palabras y, si lo ves correcto mi planteamiento, que puedas rectificar o mejorar la redacción de esta parte. Dices que no vuelve a los beneficios del XIII convenio, y tal vez no todos, pero si recupera gran parte que se perdieron en el XIV CCG y otros que los trabajadores/as del sector no teníamos. Además no veo nada reflejado de la dificultad que hemos tenido los trabajadores/as del sector para ser escuchados, en este caso el sindicato CCOO (Comisiones Obreras), nos ha dado la herramienta para que alguien del sector pueda estar presente en la negociación con total potestad de opinión, pues nadie como nosotros/as, los trabajadores/as para explicar las dificultades tanto económicas como personales, que nos encontramos para realizar nuestra labor.
Comentas que los sueldos estarán congelados 3 años, y no es así, actualmente si que hemos tenido congelación en 4 de los últimos 6 años. Cuando se publique el convenio en el BOE, vamos a tener una subida media del 7,5% del salario desde el 01 de enero de 2019 (subida aún mayor para los trabajadores/as que tenemos los salarios más bajos), y es verdad que este salario estará fijado hasta 2022, pero en esa fecha me subirá mi salario el IPC real de todos estos años además de un porcentaje de un complemento de formación. Actualmente el IPC real era una referencia no una obligación. Congelar es no subir ni el IPC, esto es subirlo en bloques algo necesario para nuestro sector o siempre se negociaban congelaciones año tras años, o subidas «potentes» cada tres años, puedo decir que me suben un 7,5% el salario o que he subido 2,5% cada año, prefiero el 7,5% pero desde ya.
También dices esto:
«Por otro lado, en este convenio se recoge lo siguiente en cuanto a la jornada laboral: A los CEE se les exige 39 :/semanales y a los asistenciales que son las ONG 38.30h. Con esto desprecian el trabajo de la persona con discapacidad. Muy fuerte»
Efectivamente estoy totalmente de acuerdo contigo, y así ha sido en los XIV CCG que llevamos, es decir, más de 30 años así, por eso valoro lo que hemos conseguido los trabajadores/as (sin apenas capacidad de movilización porque no nos informan o no somos muy reivindicativos en este sector), que cuando este convenio termine, en 2021, estaremos por fin en igualdad trabajadores/as de CEE y de centros de atención especializada ha llegado.
Siento ser tan extenso y tal vez no te pueda interesar esta información pero necesitaba contarla para que tuvieras todos los datos que si quieres podemos contrastar.
Sin más, gracias por tu trabajo y seguiremos en la lucha compañero.
SALUD.

Alguien 16/06/2019 at 00:04
Un gran “¡Bravo!” tanto al autor como a Diario 16 por denunciar con valentía lo que está pasando. Y es que hay que ser muy valiente para enfrentarse a la tríada formada por: 1) grupos empresariales influyentes que dicen que no tienen ánimo de lucro pero que lo disimulan muy bien, 2) grandes sindicatos que ya no son lo que fueron, y 3) gobiernos que quieren contener el gasto destinado a discapacidad.

Dicho esto, quisiera contar mi caso.
A mí me despidieron en septiembre de 2018 de Ilunion lavandería de Pamplona, (antigua Lavanor), un CEE de esos con “iniciativa social”, porque empecé a reclamarles que cumplieran el XIV CCGD (afortunadamente, reclamé por WhatsApp, y tengo bien guardados los wasaps, que ellos leyeron porque tienen check azul). No solo no cumplían muchos aspectos del convenio, sino que los muy depravados negaban por activa y por pasiva que ese convenio aplicase en la empresa. (Y no, no había un convenio de empresa, que estaría sobre el estatal en ciertas materias conforme al ET art. 84.2. Por cierto, convenio de empresa es de TODA la empresa, o sea de TODOS los centros de trabajo, no de uno solo o de unos cuantos.) De hecho, ponían en los contratos (y quizá lo sigan poniendo) que el convenio aplicable era “Convenio de Lavanderías de Navarra”, un convenio que dejó de estar vigente ¡¡en 2002!! Llevé el caso a la Inspección de Trabajo, y esto fue lo que pasó (he marcado en rojo las mentiras de la empresa, y en amarillo, en la cuarta página, la advertencia del inspector de Trabajo):
https://drive.google.com/file/d/13GYaM4SD6WpcozTVBR29Jqc8-ozZIZA2/view?u...

Durante los tres años y pico que he estado en la empresa, he visto cosas repugnantes, y eso que cuando yo entré la cosa ya había mejorado un poco. Lo que yo sí vi y viví fue:
* Contratos temporales en fraude de ley a mansalva.
* Hora de entrada a las 5 de la mañana.
* Permiten o presionan a sus trabajadores con discapacidad para que ocasionalmente hagan horas extras, terminantemente prohibidas para discapacitados de los CEEs.
* 7 y 8 días seguidos de trabajo (hasta 53,5 h semanales).
* Descanso entre jornadas de 8 horas y pico en lugar de las 12 legales.
* Pagan por nocturnidad mucho menos de lo que marca el convenio.
Vamos, lo que viene siendo una auténtica “cárnica”, pero de discapacitados.

Y luego reciben premios, reciben visitas de políticos que van a hacerse la foto. Y si no me creéis, mirad:
el mismo Santiago Casado que mintió de mala manera a la Inspección de Trabajo, recibiendo en 2014 un premio de ámbito nacional:
https://navarracapital.es/el-foro-justicia-y-discapacidad-premia-a-lavan...
En 2015, visitó la empresa Javier Maroto. Por supuesto, era propaganda, y como tal se propagó: fotos, cámaras de televisión, redes sociales… Este tipo de visitas son frecuentes, y las protagonizan políticos de todos los colores, no solo del PP.

Hipocresía en estado puro.

Alguien 16/06/2019 at 22:29
Y un último apunte: Yo no me fiaría alegremente de los datos de Odismet, sabiendo que detrás de Odismet está la Fundación ONCE.

fuentes:
articulo publicado por Laura Hernanz en el grupo de Facebook "los ciegos cuentan"
https://m.facebook.com/groups/1681331972121941?view=permalink&id=2362414...

y

Diario 16
https://diario16.com/los-centros-especiales-de-empleo-el-negocio-de-la-t...