Texto publicado por Irene Azuaje

Excusas habituales que vulneran el derecho a educarse

A continuación, se expondrán algunas de las excusas más frecuentes que suelen recibir los padres al intentar inscribir a sus hijos/as en escuelas comunes:

"Esta escuela no está preparada para hacer inclusión (i.e. los docentes no están capacitados, la infraestructura no es adecuada, etc.)"

Las escuelas no se preparan específicamente para incluir otros sectores postergados de la sociedad. Lo mismo ocurre con los niños/as con discapacidad. Contando con los apoyos necesarios que debe proveer el Estado, los docentes podrán trazar un plan adecuado para ese/a niño/a sin excluirlo/a. Además, la accesibilidad física y comunicacional debe ser garantizada por el Estado en todas las escuelas, y no se puede más que exigir que esto se cumpla y dejar de pensar que la materialización de un derecho para un colectivo puede esperar in eternum.

``Dada su discapacidad o su diagnóstico, el alumno estará más contenido y aprenderá mejor en una escuela especial, un espacio que le permitirá aprender con ‘sus pares’ y no lo expondrá a situaciones de bullying``

Las situaciones de bullying pueden darse hacia cualquier niño/a o joven. Estas situaciones se deben trabajar en el aula en cualquier caso, sin excluir a nadie para prevenir que ocurran. Sus pares en la sociedad resultan ser niños/as y jóvenes con y sin discapacidad, sin transformar la situación de discapacidad en un gueto. En un ambiente donde conviva la diversidad, todos/as sus integrantes crecerán y aprenderán en conjunto.

"No hay vacantes"

Muchas veces algunas escuelas alegan que no hay vacantes cuando, en realidad, es sólo una excusa para no inscribir a niños/as con discapacidad.

"Ya está cubierto el cupo de alumnos con discapacidad integrados"

No existe ningún cupo establecido por la normativa, por lo que no debiera considerarse un argumento válido.

"Los cursos de esta escuela están superpoblados: hay demasiados alumnos como para integrar a un alumno con discapacidad"

El trabajo con los/as alumnos/as con discapacidad no necesariamente deberá ser una tarea que insuma más tiempo que para enseñar al resto. Contando con los apoyos necesarios y el conocimiento sobre adecuaciones académicas y ajustes, los/as docentes podrán trabajar con ese/a alumno/a. Por otra parte, el tener cursos superpoblados no permite un trabajo con todos/as los alumnos/as contemplando sus necesidades, lo que resulta contrario al concepto de educación inclusiva.

"Dada su discapacidad o su diagnóstico, el alumno es ineducable"

Esta respuesta resulta prejuiciosa y discriminatoria, ya que los/as niños/as y jóvenes con discapacidad tienen derecho a la educación, en pie de igualdad con estudiantes sin discapacidad.

"La presencia de un alumno con discapacidad en el aula disminuirá la calidad de la educación que brinda la escuela y/o perjudicará el proceso de aprendizaje del resto de los alumnos"

La Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas recordó que la adopción de un sistema educativo inclusivo no significa que la educación sea de calidad inferior. Al contrario, la implantación de una educación de calidad es un elemento central de las medidas recomendadas para avanzar en el reconocimiento del derecho a la educación inclusiva.

"Desde esta escuela ya no podemos hacer nada más por la educación del alumno. Ya agotamos todos los recursos a nuestra disposición para que aprenda y no podemos hacer nada más por él. Es mejor que continúe su educación en una escuela de educación especial"

La idea es que las escuelas de educación especial migren hacia centros de recursos educativos, por lo que deben servir de apoyo a las escuelas comunes en estas ocasiones para elaborar una estrategia conjunta que no signifique la segregación de los/as alumnos/as.

"La inclusión en la escuela común no es un derecho, sino un capricho de padres que no aceptan la realidad de sus hijos"

Este argumento se cae sólo con lo establecido por la CDPD en su artículo 24. Dicho artículo establece en forma expresa que los Estados Partes de la Convención deben asegurar un sistema de educación inclusivo en todos los niveles, por lo que los/as niños/as y jóvenes con discapacidad tienen un derecho a la educación inclusiva.

"La inclusión no es viable en el nivel secundario: los contenidos se vuelven demasiado complejos e innecesarios para un alumno que, dada su discapacidad, no estará en condiciones de acceder a un empleo calificado y, por ende, no necesitará un título oficial de finalización del secundario"

En este punto es importante tener en cuenta que el objetivo de la educación inclusiva es mejorar la calidad de vida de cada estudiante, y que la totalidad de los/as estudiantes se comprometa con un conjunto de valores vinculados a la equidad, el respeto por la diversidad y la libertad. Por lo tanto, el aprendizaje de contenidos específicos no resulta fundamental en este sistema. Si las escuelas continúan rechazando las inscripciones de los/as alumnos/as con discapacidad, nunca podrán reunir las condiciones para acceder a un empleo calificado. El objetivo de la educación inclusiva es que todas las personas aprendan juntas en una misma aula, con el fin de que todos/as accedan a una educación de calidad para luego poder insertarse en el mercado laboral sin distinciones.

Tomado de: “Buenas prácticas en comunicación y discapacidad. Informar con responsabilidad y respeto por la diversidad”. Verónica González Bonet